martes, 4 de noviembre de 2008

CURSOS Y ACTIVIDADES 2008-2009

CURSOS Y ACTIVIDADES
CENTRO CIUDADANO LA VERDELLADA
TEMPORADA 2008-2009


RADIO ECCA
LUNES DE 18 A 19 HORAS
SALON ACTOS
CONSULTAR
RADIO ECCA

ESTUDIOS DE GRADUADO OFICIAL EN ESO
L-M-X DE 16 A 21 HORAS
JUEVES DE 16 A 18 HORAS
BIBLIOTECA
18 EUROS
CEPA SAN CRISTOBAL

GIMNASIA DE MANTENIMIENTO
MARTES – JUEVES DE 18 A 19 H.
SALON ACTOS
12 EUROS
OAD LA LAGUNA

DANZA MODERNA INFANTIL
MARTES – JUEVES DE 19 A 20 H.
SALON ACTOS
CONSULTAR
AJUVE (Natividad)

DANZA MODERNA - FANKY
MARTES – JUEVES DE 20 A 21 H.
SALON ACTOS
12 EUROS
OAD LA LAGUNA

MANUALIDADES
LUNES DE 18,30 A 20,00 H.
SALON TEIDE
GRATUITA
ANSINA

MUSICA Y MOVIMIENTO INFANTIL
MIERCOLES DE 16 A 19 HORAS.*
VIERNES DE 16 A 19 HORAS.*
SALON ACTOS
CONSULTAR
SENTIR VERDEÑO

REPOSTERIA
JUEVES DE 16 A 18 HORAS.*
SALON TEIDE
15 EUR-MES
F.U.V.

LUDOTECA
SÁBADOS DE 16 A 19 HORAS.
BIBLIOTECA.
CONSULTAR
AJUVE

CINE
SÁBADOS DE 19 A 22 HORAS.
BIBLIOTECA
LIBRE
AJUVE

LOTERIA FAMILIAR
VIERNES – SÁBADOS. 20 A 22 H.
SALON TEIDE
LIBRE
F.U.V.

CYBER - INTERNET
L-X-J-V-S DE 18 A 22 HORAS.*
CYBER-VER
CONSULTAR
AJUVE – F.U.V.

BIBLIOTECA
(GESTION DE PRESTAMO)
L-M-X-J-V DE 21 A 22 HORAS.*
BIBLIOTECA
CONSULTAR
F.U.V.

RADIO
LUNES A SÁBADO. 16 A 22 H.*
EMISORA
CONSULTAR
F.U.V.

CURSOS Y ACTIVIDADES TEMP. 2008-2009

CURSOS MUNICIPALES
CENTRO CIUDADANO LA VERDELLADA


FOLKLORE INSTRUMENTAL
LUNES DE 20 A 22 HORAS
SALON ACTOS


PATCH-WORK (RETALES)
MARTES DE 16 A 18 HORAS
SALON ACTOS .


INFORMATICA INICIO
MARTES DE 18 A 20 HORAS
CYBER-VER


COCINA Y REPOSTERIA
MIERCOLES DE 19 A 21 HORAS
SALON TEIDE


BORDADOS PALMEROS
JUEVES DE 18 A 20 HORAS
BIBLIOTECA


CORTE Y CONFECCION DE VESTIMENTAS TRADICIONALES
VIERNES DE 16 A 18 HORAS
BIBLIOTECA


CALADOS
VIERNES DE 18 A 20 HORAS
BIBLIOTECA

MATRÍCULA ÚNICA DE 30 EUROS.

(No empadronados en el Municipio de La Laguna 60 euros. Jubilados o Pensionistas 12 euros. Con informe de A.A.S.S. municipales 7,5 euros).

Los cursos tendrán 60 horas lectivas y se desarrollarán de Noviembre de 2008 a Junio de 2009.La formalización de la matrícula en estos cursos depende del departamento de Participación Ciudadana del Excmo. Ayuntamiento de La Laguna, y se realizará en el periodo fijado del 20 de octubre al 7 de noviembre de 2008, en la Oficina de Innova, sita en Edificio Polsa, Plaza Victor Zurita s/n, en la zona del cuadrilatero de La Laguna.

NORMAS DE USO

AUTORIZACIÓN Y PRESAMO DE USO DE ESPACIOS DEL CENTRO CIUDADANO PARA ACTIVIDADES PRIVADAS



Por acuerdo del Consejo Rector del Centro Ciudadano de La Verdellada, se comunica las condiciones estipuladas para el tramite de autorización del uso de espacios de este Centro Ciudadano para eventos de caracter privado:
.
.
.
1º- Habrá que entregar rellena la hoja oficial de solicitud de espacios previamente establecida y a disposición de los interesados en el propio Centro Ciudadano.
.
.
.
2º- La autorización será de carácter temporal y por lo tanto no será definitiva.
.
.
.
3º- El Coordinador tendrá las potestades para la tramitación, autorización o desautorización de uso de los espacioes en el periodo entre sesiones.
.
.
.
4º- El Consejo Rector por motivos o causas justificadas y recogidas en el Reglamento de Uso y Gestión del Centro Ciudadano, podrá derogar las autorizaciones realizadas en el periodo entre sesiones por el Coordinador, si así lo estimase conveniente y antes de la citada celebracióin y nunca con caracter retroactivo.
.
.
.
5º- El autorizado es el responsable legal y subsidiario de todos los daños, desperfectos o consecuencias derivadas de la celebración de la actividad autorizada en las instalaciones.
.
.
.
6º- Para la celebración de la actividad, cuando sea fuera del horario de apertura oficial del Centro, el autorizado recibirá dentro de las 24 horas anteriores a la celebración, una copia de las LLAVES del mismo que quedan bajo su estricta responsabilidad, teniendo terminantemente prohibida su reproducción. En caso de perdida el autorizado tendrá que cubrir los gastos derivados del cambio de cerraduras de las llaves extraviadas.
.
.
.
7º- La LIMPIEZA de las instalaciones utilizadas por el autorizado correrá a cargo del mismo, incluida la adquisición de los productos de limpieza necesarios para la misma y la limpieza del mobiliario usado (sillas, mesas, aseos…).
.
.
.
8º- Para la celebración de encuentros privados familiares (cumpleaños, comuniones, bodas, fiestas…) sólo se cederá el “Salón del Teide” y deberán de abonar la correspondiente TASA y FIANZA de uso previamente establecida y especificada en la propia autorización.
.
.
.
9º- Para encuentros sociales, cursos, talleres, reuniones de vecinos, comerciales o actividades de duración se podrán ceder el Salón de Actos, la Biblioteca o el Aula Cyber-Ver y estarán exentas del pago de la tasa de uso aquellas que carezcan de ánimo de lucro.
.
.
.
10- En todas las actividades que se celebren en el centro, queda terminantemente PROHIBIDO FUMAR o consumir bebidas alcohólicas con graduación superior a 5º.
.
.
.
11º- La autorización NO INCLUYE el uso del mobiliario del centro tales como televisión, equipos de música, instrumentos musicales, ordenadores, frigorífico, material didáctico u audiovisual, salvo autorización expresa en este documento.
.
.
.
12º- Todos los solicitantes, cuando se trate de actividade de recreo clasificadas, deberán de realizar o entregar seguro de responsabilidad civil para el desarrollo de las mismas. Cuando los solicitantes sean asociados de las asociaciones integrantes del Consejo Rector, estas podrán adherirse al seguro de responsabilidad civil de la asociación a la que pertenece siempre que se entregue autorización formal del órgano de gobierno de dicha asociación, en la que asuma la citada celebración como propia.
.
.
.
Firmado: El Consejo Rector.

MIEMBROS DEL CONSEJO RECTOR

ASOCIACIONES Y COLECTIVOS MIEMBROS DEL CONSEJO RECTOR DEL CENTRO CIUDADANO DE LA VERDELLADA


1- FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE LA VERDELLADA "UNIÓN VERDEÑA"
Representantes: Matilde Felisa Figueroa Rodríguez y Cristo Manuel Peña Rodríguez.

2- "LOS VERDEÑOS" ASOCIACIÓN DE VECINOS DE LA VERDELLADA.
Representantes: Moisés Afonso León y Eva María González Díaz.

3- "AJUVE" ASOCIACIÓN JUVENIL, CULTURAL Y RECREATIVA DE LA VERDELLADA.
Representantes: Carlos Raúl Alonso González y Sergio José Garcia Afonso.

4- "LOURDES" ASOCIACIÓN DE MUJERES DE LA VERDELLADA.
Representantes: Ana Claudina González Ceballos y María Teresa Ramos Balongo.

5- "LA CRUZ DE MARCA" ASOCIACION DE MAYORES DE LA VERDELLADA.
Representantes: María del Carmen RodríguezLeón y Irene Alonso Barroso.

6- ASOCIACIÓN DEPORTIVA LA VERDELLADA.
Representantes: Leopoldo Padrón Armas y María Mercedes Roger Bessú.

7- ASOCIACIÓN MUSICAL "SENTIR VERDEÑO".
Representantes: Luís Sanchez Gorrín y Jonathan Arteaga Reberón.

8- "ARCOVE" ASOCIACIÓN DE RADIO Y COMUNICACION.
Representantes: Sandra Figueroa Rodríguez y Marcos Peña Rodríguez.


Coordinador del Centro Ciudadano:
José Jonathan Domínguez Roger - Bessú.

Portavoz Municipal:
(Coordinador Centro Ciudadano)

Octubre 2008.

REGLAMENTO DE USO Y GESTIÓN - MARCO DE FUNCIONAMIENTO

REGLAMENTO DE USO Y GESTIÓN

-MARCO DE FUNCIONAMIENTO-


OCTUBRE DE 2008








REGLAMENTO DE USO Y GESTIÓN
MARCO DE FUNCIONAMIENTO

CAPÍTULO I.
OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN


Artículo 1º.- Mediante Asamblea celebrada el 9 de marzo de 1999, se constituye el Consejo Rector del Centro Ciudadano de La Verdellada. En marzo de 2000 se aprueba por unanimidad el primer Reglamento de Régimen Interno de Uso y Gestión de este Centro Ciudadano que se mantiene en vigor hasta la aprobación definitiva del presente nuevo Reglamento. Más acorde a los criterios de participación ciudadana impulsados por el Excmo. Ayuntamiento de La Laguna, como propietario de este equipamiento. El objetivo del presente Reglamento es articular y facilitar la participación de los ciudadanos y ciudadanas de San Cristóbal de La Laguna en general, de La Verdellada en particular, en la vida colectiva del municipio y del barrio, a través del Centro Ciudadano. Además, el objetivo del presente reglamento, también es, el regular la autogestión y organización interna del Centro Ciudadano y su consejo rector, así como establecer su modelo de funcionamiento.


Artículo 2º.- Este Centro Ciudadano es de titularidad municipal, dependiente de la Unidad de Participación Ciudadana para la prestación integrada de servicios públicos, para el impulso de actividades que tengan por objeto el desarrollo socio-cultural, la promoción de la vida asociativa y, en general, la convivencia y la participación de los ciudadanos/as en las labores de la comunidad. Este centro se configura como garante de la convivencia pacifica entre generaciones, sexos y personas, en pro de mejorar la vida comunitaria, las tradiciones y la idiosincrasia del Barrio de La Verdellada, la Urbanización La Verdellada y el barrio El Timple como ámbito directo de actuación.


Artículo 3º.- Este Centro Ciudadano por acuerdo de su Consejo Rector, asume como logotipo propio el denominado “Cresta del Gallo”, representado en la portada de este reglamento. El citado logotipo es una inspiración de la cresta del gallo metálico que presidía la entrada de la “Caseta Verdeña”, lugar de encuentro y local social que existía en el lugar donde hoy se levanta este Centro Ciudadano con anterioridad, que fue demolida el 26 de septiembre de 1996. El logotipo se inspira en la pluralidad, la valía y la lucha de las personas por lograr un mundo mejor, y contiene un total de cinco hojas de colores. De derecha a izquierda, Verde por La Verdellada, Violeta por La Laguna, Rojo, Amarillo y Azul. Este logotipo servirá como imagen corporativa del Centro Ciudadano como espacio de participación vecinal y lugar de encuentro con la sociedad verdeña.


Artículo 4º.- El Centro Ciudadano se caracterizará por ser democrático, participativo, abierto al barrio, creativo, flexible y útil al servicio del ciudadano. El Centro Ciudadano será representativo a través de su Consejo Rector y de su Asamblea Popular.


Artículo 5º.- El presente reglamento servirá para gestionar, organizar el uso y promocionar la participación de los ciudadanos en los recursos y servicios de los que tenga o pudiera disponer las instalaciones del Centro Ciudadano.




REGLAMENTO DE USO Y GESTIÓN
MARCO DE FUNCIONAMIENTO

CAPÍTULO II.
RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO Y ORGANIZACIÓN INTERNA



Artículo 6º.- La gestión del Centro Ciudadano de La Verdellada será compartida entre el Ayuntamiento, las asociaciones, los colectivos y los grupos, que usan el Centro Ciudadano, a través del Consejo de Centro, que en este centro se denominará Consejo Rector.


Artículo 7º.- El régimen de funcionamiento del Centro Ciudadano de La Verdellada será autónomo, a través de sus órganos de representación y participación ciudadana, y tutelados o supervisados por el Ayuntamiento de La Laguna.


Artículo 8º.- Los servicios y disfrute de las instalaciones y equipamientos del Centro Ciudadano de La Verdellada, salvo los declarados como estrictamente privativos de las asociaciones o colectivos con sede oficial en el mismo, estarán destinados a todos los ciudadanos/as del municipio de La Laguna en general, o los del ámbito directo de actuación de este centro en particular.


Artículo 9º.- Para la utilización de los servicios y la participación en las actividades de este Centro Ciudadano no se precisará establecer la condición de socio de ninguna asociación, colectivo o grupo. Así mismo, cualquier asociación, colectivo, grupo o ciudadano tendrá igual derecho a utilizar los espacios del Centro Ciudadano para realizar sus actividades, previo acuerdo de consenso de los órganos de representación del mismo.


Artículo 10º.- Las asociaciones o entidades con régimen jurídico propio que posean asociados, no podrán organizar actividades exclusivas para sus asociados en este Centro Ciudadano, salvo las puramente internas de sus órganos de gestión o gobierno (Asambleas, comisiones, juntas de gobierno o actividades de régimen administrativo, de funcionamiento o económico que afecten únicamente a sus asociados).


Artículo 11º.- Las asociaciones o entidades con régimen jurídico propio, que organicen actividades culturales, educativas, deportivas o de ocio en el centro, cuyas actividades requieran de una inscripción, matrícula o pago por asistencia, podrán beneficiar a sus asociados o miembros con descuentos en las mismas, pero no podrán impedir que ciudadano no asociados a sus colectivos asistan mediante el pago de las tasas establecidas.


Artículo 12º.- El Centro Ciudadano deberá tener definido un horario habitual de apertura que será propuesto por el Consejo Rector y aprobado por la Asamblea del Centro. En el citado horario se podrán realizar actividades que se clasificarán en:

Ordinarias: Serán las que se realicen dentro del horario habitual del centro tanto si son organizadas por el Consejo Rector o por cualquier asociación, colectivo o grupo.

Extraordinarias: Serán las que se realicen fuera del horario habitual del centro, tanto si son organizadas por el Consejo Rector o por cualquier asociación, colectivo, grupo o persona.


Artículo 13º.- Son funciones y prioridades del Centro Ciudadano, las siguientes:

a) La prestación integrada de los servicios públicos dirigidos a la mejora de las condiciones sociales y culturales de los ciudadanos.

b) El desarrollo de actividades, de forma individual o colectiva, dirigidas a cubrir las necesidades de los ámbitos de la comunicación, la información, la participación, el aprendizaje, el esparcimiento y la creación.

c) La prestación de la infraestructura y recursos necesarios para la realización de las actividades oficiales, por parte de instituciones, entidades, asociaciones, colectivos y grupos interesados. No obstante, ninguno de ellos podrá establecer de forma exclusiva (entiéndase el centro para una sola entidad) su sede en el Centro Ciudadano de La Verdellada. El Centro Ciudadano será sede oficial compartida de las asociaciones o grupos con entidad jurídica propia que así lo estableciese y lo aprobase el Consejo Rector.


Artículo 14º.- Usos del Centro Ciudadano.

14.1.- El uso del Centro Ciudadano estará destinado a la participación de…

La Ciudadanía (asociada o no) para:

a) Reunirse, asociarse, tener un espacio para realizar actividades y reuniones comunitarias de vecinos, encontrarse todos los ciudadanos del barrio/pueblo, asociados y no asociados.

b) Fomentar las relaciones sociales y ocupar el tiempo libre.

c) Fomentar el conocimiento y el cuidado del entorno y del Centro Ciudadano.

d) Escuchar a los jóvenes, a los mayores, a las mujeres, a los vecinos garantizando su participación en la planificación de las actividades del Centro y su gestión.

e) Utilizar el Centro Ciudadano como punto de encuentro y debate sobre los temas de interés para la ciudadanía y como lugares abiertos a cualquier iniciativa valiosa.


Las Asociaciones o entidades con identidad jurídica propia para:

a) Realizar reuniones y asambleas de ámbito interno o público.

b) Realizar actividades de colectivos/asociaciones.

c) Utilizar la infraestructura del Centro como recurso para la promoción, organización y base logística de las tradiciones y actividades populares que formen parte intangible de la idiosincrasia del Barrio de La Verdellada. Dígase Carnaval, Fiestas de Mayo, Fiestas Patronales, y Fiestas Navideñas.

e) Establecer su sede oficial para celebración de actos organizativos internos, gestión administrativa funcionamiento, ateniéndose a lo contemplando en este Reglamento y con la premisa de ser entidades sin ánimo de lucro.

La Comunidad para:

a) Para todas aquellas acciones o actuaciones comunitarias que demande el barrio.

b) Para reuniones de comunidades de vecinos o propietarios de inmuebles dentro de nuestro ámbito de actuación directo y previa solicitud.

14.2.- El Centro Ciudadano se usará para la realización de actividades destinadas a…

a) Grupos definidos/reducidos:
Para todas aquellas actividades formativas, educativas, de ocio, informativas, culturales, asistenciales y todas aquellas que sean demandadas por los usuarios/as del Centro.

b) Colectivos:
Para organizar actividades colectivas dentro y fuera del Centro.

c) El uso cotidiano/diario:
El Centro se podrá usar diariamente y en él se podrá realizar cualquier actividad o afición. Dar servicios a la comunidad, ya sean privados o públicos atendiendo siempre a lo contemplado en este reglamento.

En el Centro Ciudadano se podrán ofertar servicios municipales puntuales o permanentes a solicitud del Consejo Rector. Y otros servicios que demande la comunidad.

14.3.- En los Centros Ciudadanos se podrán realizar actividades de uso privado por parte de las asociaciones, colectivos, grupos o personas a título individual que usen el centro, siempre que:

a) Previa solicitud por escrito, el/la Coordinador/a resuelva la demanda en tiempo y forma, o en su caso, el Consejo Rector adopte una decisión favorable y la comunique por escrito al interesado/a.

b) La asociación, colectivo, grupo o persona a título individual que desarrolle la actividad y que tendrá la responsabilidad derivada del uso del Centro Ciudadano, presente un seguro de responsabilidad civil con la cobertura suficiente para la actividad privada que desea realizar.

c) Se designe una persona que se responsabilice de la actividad, así como de la infraestructura y equipamiento del Centro Ciudadano que se le autorice al uso, quién deberá firmar un modelo de autorización previamente aprobado por el Consejo Rector y retirar las llaves del Centro.

d) En caso de que la actividad salga de lo competencial del Consejo Rector, la autorización y firma de la misma deberá ser suscrita con el Ayuntamiento de La Laguna.

14.4.- No se admitirán actividades de tipo comercial, de juego y apuestas que impliquen lucro privativo. Cuando las actividades de juego o apuestas, tengan un fin benéfico, se permitirán siempre que no contradigan leyes o normativas superiores aplicables. En este sentido, las charlas para la venta de productos comerciales, serán atendidas cuando el Consejo Rector entienda que se trata de un asunto de interés general, o que se beneficie directa o indirectamente los recursos materiales o actividades informativas del propio Centro Ciudadano.

14.5.- Las actividades organizadas en el Centro Ciudadano por asociaciones, colectivos, grupos y personas a nivel individual, que impliquen pagos a terceros, deberán ser aprobadas por el Consejo Rector previa presentación de una memoria - proyecto de dicha actividad en la que conste: Actividades a realizar, duración, monitores responsables, cuotas a los usuarios, bonificaciones a asociados, número estimado de éstos y gastos previstos. En cualquier caso, esta actividades deben tener como finalidad fundamental el proporcionar un servicio al ciudadano, más que el ánimo de lucro de los organizadores, aspecto que deberá tenerse en cuenta en su aprobación.

14.6.- Las actividades realizadas en el horario habitual del centro deberán ser propuestas por asociaciones, colectivos y grupos y aprobadas por el Consejo Rector, acorde al presente Reglamento de Funcionamiento y Gestión del Centro Ciudadano de La Verdellada.


Artículo 15º.- El Ayuntamiento podrá contratar servicios de dinamización y coordinación para este Centro Ciudadano, siempre que lo considere necesario el Consejo Rector, conforme a las características y presupuesto del Centro Ciudadano.




REGLAMENTO DE USO Y GESTIÓN
MARCO DE FUNCIONAMIENTO

CAPÍTULO III.
ÓRGANOS Y COMPETENCIAS



Artículo 16º.- Los órganos de gestión del Centro Ciudadano de La Verdellada son:

a) El Consejo Rector (Consejo de Centro).
b) Asamblea de Centro Ciudadano.


Artículo 17º.- Son fines del Consejo Rector:

a) Fomentar la participación.

b) Crear canales de comunicación entre todas las partes implicadas en el uso y la gestión del Centro.

c) Coordinar las actividades de las distintas asociaciones, colectivos y grupos que hacen uso del Centro Ciudadano.

d) Velar por el respeto y la aplicación del presente Reglamento de Uso y Gestión y del aplicable Reglamento de Uso y Gestión de los Centros Ciudadanos Municipales que determine el Ayuntamiento de La Laguna como propietario de las instalaciones.

e) Generar iniciativas conjuntas entre los distintos componentes del Consejo Rector.

f) Repartir las responsabilidades que se derivan de la gestión del Centro entre los componentes del Consejo Rector.

g) Aprobar derramas para la adquisición de bienes fungibles o inventariables comunes, para gastos de la autogestión del Centro y coordinar su fiscalización económica.

h) Proponer la/s candidatura/s a la figura del/la Coordinador/a a la Asamblea del Centro Ciudadano para su aprobación.

i) Mantener la interrelación entre el Centro Ciudadano y el Ayuntamiento.

j) Elaborar las propuestas de aprobación, modificación, derogación o remodelación parcial o total del presente Reglamento de Uso y Gestión del Centro Ciudadano para su aprobación en Asamblea.

k) Dar soluciones a planteamientos de asociaciones, colectivos o usuarios.

l) Crear y mantener una buena organización en el Centro Ciudadano.

ll) Facilitar el libre acceso al Centro Ciudadano.

m) Facilitar la apertura del Centro a la participación de todos.

n) Contar con la opinión de todos al tomar las decisiones.

ñ) Respetar las distintas opciones y fomentar la aprobación de medidas por consenso.

o) Trabajar al mismo nivel entre todos los componentes de los Consejos de Centro.

p) Solucionar conflictos y proponer sanciones si llegara el caso, contando siempre con el consentimiento explicito del Ayuntamiento de La Laguna en cuanto a la proposición de sanciones y su aplicación.


Artículo 18º.- Componentes del Consejo Rector:

18.1. Formarán parte del Consejo Rector:

a) Los representantes de las asociaciones con entidad jurídica propia, sin ánimo de lucro, con sede oficial en el Centro Ciudadano. Un máximo de dos personas por asociación, con voz ambas, pero con un solo voto por asociación.

b) Colectivos, comisiones o grupos sin entidad jurídica propia y sin ánimo de lucro, que soliciten el uso del Centro y que previamente también soliciten participar en el Consejo Rector. Un miembro por colectivo, comisión o grupo con voz y voto.

c) Grupos no asociados o portavoces de alumnos de Cursos Municipales, que hagan uso del Centro Ciudadano. Un portavoz por colectivo o grupo de actividades con voz y voto.

d) El/la Coordinador/a del Centro Ciudadano.

e) Un portavoz municipal, y/o un/a dinamizador/a del centro si así se determinase y este no fuese el propio Coordinador/a del Centro.


18.2. Todos ellos actuarán en igualdad de condiciones, y se regirán por los siguientes criterios:

a) Los portavoces o representantes del Consejo Rector se acreditaran al inicio de cada curso o año de trabajo. De manera inicial, el Consejo Rector tendrá una duración equivalente al curso escolar, de septiembre a septiembre de cada año.

b) El Portavoz del Ayuntamiento podrá ser el/la Coordinador/a del Centro Ciudadano, un técnico o un político. Variará en función de las necesidades del Centro Ciudadano en cada momento. El Consejo Rector podrá proponer el nombramiento de un portavoz municipal en concreto si lo requiriese, para lo cual será necesaria la unanimidad.

c) Cada asociación, colectivo o grupo podrá decidir la retirada o el relevo de sus portavoces cuando lo estime oportuno, y según lo establecido en este reglamento.

d) La rotación de los portavoces representantes de las asociaciones con entidad jurídica propia, serán rotados, cambiados o nombrados por los órganos de representación interna de cada entidad, la cual deberá acreditar mediante certificación de acuerdo, el nombramiento de su representante al Consejo Rector.

e) La rotación de los portavoces de los grupos de usuarios no asociados, comisiones, o colectivos sin entidad jurídica propia, serán rotativos de manera anual, y se elegirán mediante proceso colegiado electoral, que deberá de organizar el propio Consejo Rector. Este proceso se llevará a cabo dentro de los tres primeros meses de cada curso o año de trabajo, entre los miembros de los Cursos Municipales por un lado, y del resto de usuarios de otras actividades no asociadas por otro lado.

18.3. Los portavoces - representantes deben favorecer los consensos.

Son funciones de los portavoces:

– Llevar información de su asociación, colectivo o grupo al Consejo Rector y viceversa.

– Recoger tanto las posiciones de la mayoría de los miembros de su colectivo como de las minorías divergentes.

– Consultar, en todos los casos, con sus colectivos antes de tomar las decisiones. Para ello se deberá de emitir orden del día de las sesiones del Consejo Rector con un mínimo de cinco días de antelación, para que cada colectivo tenga tiempo de tomar posturas iniciales sobre los asuntos a tratar, como punto de partida para llegar al consenso.

– Llevar, en todos los casos, los acuerdos adoptados en el Consejo Rector a las asociaciones, colectivos, grupos y al Ayuntamiento, así como hacer llegar al Consejo Rector las propuestas consensuadas en sus respectivos colectivos.

– Asumir sus responsabilidades, y cumplir los acuerdos tomados en el Consejo Rector del Centro Ciudadano.


Artículo 19º.- Elección de componentes del Consejo Rector.

Primero- PORTAVOCES - REPRESENTANTES ASOCIACIONES.
Los portavoces o representantes del Consejo Rector que lo sean de asociaciones con entidad jurídica propia sin ánimo de lucro, serán elegidos y nombrados por los órganos internos establecidos de cada asociación, y acreditados mediante copia de acta o certificación al Consejo Rector.

Segundo- PORTAVOCES DE GRUPOS.
Los portavoces de los grupos, comisiones, o colectivos sin entidad jurídica propia y sin ánimo de lucro se presentarán con acreditación interna del órgano de funcionamiento de su entidad ante el Consejo Rector. Estos, no serán representantes sino portavoces, y deberán de ser rotativos cada año o curso.

Tercero- PORTAVOCES DE USUARIOS.
La rotación de los portavoces de los grupos de usuarios no asociados, se elegirán mediante proceso colegiado electoral, que deberá de organizar el propio Consejo Rector. En este proceso que se llevará a cabo dentro de los tres primeros meses de cada curso o año de trabajo, podrán participar por un lado todos los alumnos de los Cursos Municipales, de cara a elegir al portavoz de estos, y del resto de usuarios de otras actividades no asociadas por otro lado, para elegir otro portavoz de los mismos.

En este proceso se fijará un calendario para presentar candidaturas entre los usuarios interesados, y un día de votación para que todos los usuarios elijan a sus portavoces en el Consejo Rector para el año o periodo lectivo fijado. El Consejo Rector, en caso de que se presentarán las candidatura justas a los dos portavoces señalados, podría aprobar en sesión extraordinaria la aceptación de estos sin necesidad de organizar una jornada electoral.

Cuarto- COORDINADOR/A.
El Coordinador/a del Centro Ciudadano, será un cargo representativo y funcional, que será elegido cada dos años por la Asamblea del Centro, en base a las propuestas que presente el Consejo Rector.

El/los candidatos/as serán propuestos por los propios miembros del consejo a razón de uno por asociación, colectivo o grupo. Entre todos los que se presenten, el Consejo Rector deberá de elegir por consenso un máximo de tres, para proponerlos a la Asamblea del Centro para su elección por mayoría simple de votos.

Los candidatos propuestos para Coordinador/a podrán ser miembros de los colectivos, asociaciones o de los usuarios, e incluso vecinos comunes del barrio asociados o no a los colectivos. En este proceso primarán los no presidentes de asociaciones y colectivos frente a los que ostenten estos cargos.

A partir de la aplicación del presente Reglamento de Uso y Gestión del Centro Ciudadano de La Verdellada, y en beneficio de la rotación de las personas, los coordinadores solo podrán presentarse una vez a elección y ejercer como tales un mandato. Los coordinadores no podrán volver a ser candidatos a dicho cargo en un periodo mínimo de tres mandatos tras el ejercicio del mismo.

Quinto-. PORTAVOZ MUNICIPAL.
El Portavoz del Ayuntamiento podrá ser el/la propio/a Coordinador/a del Centro Ciudadano, un técnico o un político diferente, o el Dinamizador/a del Centro si fuese contratado. Variará en función de las necesidades del Centro Ciudadano en cada momento y de las directrices marcadas desde el Ayuntamiento en este sentido, que será quien nombre al mismo. El Consejo de Rector podrá proponer el nombramiento de un portavoz municipal en concreto si lo requiriese, aportación que no será vinculante y para la cual será necesaria la unanimidad.

Sexto-. DINAMIZADOR/A.
El Dinamizador/a del Centro, será contratado por el Ayuntamiento o por el Consejo Rector de los Presupuestos Participativos si fuese necesario. Variará en función de las necesidades del Centro Ciudadano en cada momento y de las directrices marcadas desde el Ayuntamiento en este sentido. El Consejo de Rector podrá proponer el nombramiento o la contratación de un Dinamizador/a que tenga funciones encaminadas a la Animación Sociocultural del Centro, y al seguimiento y ejecución de los horarios de apertura, cierre y cuidado de los bienes del mismo.


Artículo 20º.- Son funciones del Consejo Rector:

a) El fomento de la convivencia entre vecinos y de la participación.

b) La elaboración, puesta en marcha y seguimiento del Reglamento de Uso y Gestión del Centro Ciudadano.

– Proceso de elaboración:
» El Consejo de Centro elaborará una propuesta de Marco de Funcionamiento.
» Se realizará una asamblea de presentación de la propuesta.
» Habrá un período de aportaciones, que serán valoradas por el Consejo de Centro.
» El texto final será aprobado en asamblea.

– Constará al menos de los siguientes apartados, estando abierto a cualquier otro tema que se proponga en cada Centro Ciudadano:
» Funcionamiento de los Consejos de Centro.
» Funcionamiento de las Asambleas de Centro.
» Relación con el Ayuntamiento.
» Programación anual de actividades.
» Seguimiento de las actividades.
» Organización de los espacios.
» Organización de los horarios.
» Equipamiento.
» Normas de convivencia.
» Nuevas iniciativas.
» Regulación de usos privados:
» Intercambios con otros Centros Ciudadanos.

c) La coordinación en los asuntos que competan al Centro Ciudadano.

d) La coordinación y difusión de actividades abiertas a todos/as.

e) La organización de los espacios y horarios:

– Cuando no sea posible alcanzar un acuerdo en el Consejo Rector sobre los espacios y horarios, se llevará el debate a los colectivos que intentarán buscar alternativas para que el Consejo Rector llegue al consenso. El orden de solicitud de las actividades, la repercusión y beneficios al mayor número de ciudadanos y la apuesta por la convivencia pacifica entre generaciones serán los criterios de menos a más para resolver los desencuentros.

f) Plantear estrategias para conocer y difundir las actividades de otras instituciones y entidades, para dar respuestas a las demandas identificadas en el Centro Ciudadano.

g) Promover la integración de aquellas asociaciones, colectivos, grupos y
personas que no conocen las posibilidades del Centro Ciudadano.

h) La convocatoria de las Asambleas del Centro Ciudadano y la elaboración de su orden del día.

i) La mediación y resolución de conflictos.

– El Consejo Rector debe ser mediador en todos los conflictos que afecten al Centro Ciudadano, y en el periodo entre sesiones deberá ser el/la Coordinador/a quien lo haga.

– Deberán atender a la aplicación de las normas de convivencia estipuladas en el Reglamento de Funcionamiento.

– Si un conflicto no se resuelve en el Consejo Rector, se volverá a llevar el tema a los colectivos para que hagan aportaciones.


j) La decisión consensuada sobre el uso de las partidas presupuestarias destinadas a los Presupuestos Participativos de los Centros Ciudadanos. El Consejo de Centro deberá:

– Identificar las necesidades del Centro Ciudadano, con las asociaciones, colectivos y grupos que participan en el mismo, y hacer propuestas.

– Priorizar las propuestas, según los criterios de gasto consensuados a nivel municipal.

– Hacer una propuesta de gasto consensuada, que deberá ser aprobada en Asamblea de Centro Ciudadano. Hacer el seguimiento de la ejecución de la propuesta de gasto.


Artículo 21º.- Funciones del Coordinador/a del Centro Ciudadano.

a) Coordinar la aplicación de todos los acuerdos del Consejo Rector.

b) Velar por el cumplimiento del presente Reglamento de Uso y Gestión del Centro Ciudadano de La Verdellada.

c) Asumir el papel de portavoz representante del Centro Ciudadano.

d) Tramitar las autorizaciones de uso en los horarios establecidos o reservados para encuentros privados, reuniones o asambleas de colectivos o usuarios.

e) Dar cuenta al Consejo Rector en cada sesión que se celebre de las labores y decisiones de coordinación extraordinarias tomadas en el periodo transcurrido entre sesiones.

f) Convocar los Consejos Rectores y Asambleas.

g) Resolver los problemas de incompatibilidades, conflictos o de carácter común que se den en la vida diaria del centro, y si escapase de sus competencias, convocar un Consejo extraordinario para lograr su solución.

h) Hacer la propuesta de organización de horarios de uso de los espacios del Centro Ciudadano al Consejo Rector, incluyendo todas las aportaciones de los miembros del propio Consejo Rector. Para su posterior debate y aprobación por consenso.

i) Todas aquellas que le encomiende el Consejo Rector, dentro de las pautas marcadas en el presente Reglamento.


Artículo 22º.- Funciones del Dinamizador/a.

Todas aquellas que le encomiende el Consejo Rector, dentro de las pautas marcadas en el presente Reglamento.


Artículo 23º.- Funciones del Portavoz Municipal.

Todas aquellas que le encomiende el propio Ayuntamiento dentro del marco establecido por este Reglamento de Uso y Gestión del Centro Ciudadano de La Verdellada.


Artículo 24º.- Asambleas de Centro Ciudadano

24.1. Las Asambleas de Centro Ciudadano:

a) Serán democráticas, participativas, claras, dinámicas y buscarán como primer objetivo el consenso. En caso de no lograrse, se establecerá el sistema de mayoría como vía de solución última.

b) Serán públicas y estarán abiertas a todos los vecinos y vecinas del barrio.

c) Serán foros abiertos y deben reunir a las diferentes asociaciones, colectivos, grupos, usuarios/as del Centro y vecinos/as del barrio/pueblo.

24.2. Son Funciones de las Asambleas de Centro Ciudadano:

a) Aprobar el listado o memoria anual de actividades.

b) Informar sobre el trabajo realizado y los proyectos a realizar.

c) Presentar y aprobar la propuesta del Reglamento de Uso y Gestión realizada por el Consejo Rector y las modificaciones del mismo, cuando las hubiera.

d) Conocer y recoger las opiniones y propuestas de los vecinos y vecinas y valorarlas.

e) Validar la programación anual de actividades propuesta por el Consejo Rector.

f) Llegar a acuerdos, cuando el Consejo Rector no alcance el consenso.

g) Consultar con los/as vecinos/as los distintos temas que se consideren oportunos.

h) Evaluar el funcionamiento del Centro Ciudadano y hacer propuestas de mejora.

i) Aprobar la propuesta de gasto de las asignaciones presupuestarias participadas para el Centro Ciudadano.

j) La elección democrática del Coordinador/a del Centro cada dos años, u antes si este cesara o dimitiese de sus funciones.

24.3. Orden del día de las asambleas de Centro Ciudadano:

a) El Consejo Rector elaborará una propuesta de orden del día para la Asamblea.

b) A la propuesta de orden del día se le podrá hacer aportaciones hasta diez días antes de la Asamblea del Centro, que deberán ser incluidas por el Coordinador/a que será el encargado de coordinar el proceso.

24.5. Funcionamiento de las Asambleas de Centro Ciudadano:

a) La Asamblea será moderada por el Coordinador/a del Centro Ciudadano, y en la mesa estarán presentes el Portavoz Municipal y el Dinamizador del Centro si lo hubiera, así como los miembros del Consejo Rector que se acordasen.

b) El/la moderador/a estará encargado/a de dar la palabra y controlar el tiempo de exposición y debate de los puntos del orden del día, así como de llevar el desarrollo de la asamblea.

c) Se nombrará un secretario/a rotativo elegido entre los/as portavoces del Consejo Rector que levantará el acta de la Asamblea y será el encargado de hacerla pública, así como de custodiar el libro de actas hasta su relevo en la siguiente Asamblea.

d) Se nombrarán dos interventores elegidos entre los asistentes a la asamblea para dar fe de lo recogido en el acta.

24.6. Convocatoria de las Asambleas de Centro Ciudadano:

24.6.1. Asambleas Ordinarias:

a) Se hará, como mínimo, una Asamblea Ordinaria al año.

b) La convocatoria de la Asamblea la hará el Coordinador/a a instancia exclusiva del Consejo.

c) La Asamblea debe convocarse con un mes de antelación, como mínimo.

d) La propuesta de orden del día debe aparecer en la convocatoria de la Asamblea.

24.6.2. Asambleas Extraordinarias:

a) Se convocarán cuando el Consejo Rector no pueda consensuar un acuerdo y/o lo estime necesario.

b) Se convocarán Asambleas Extraordinarias cuando haya un tema relevante y de urgencia que no permita su inclusión en la siguiente Asamblea Ordinaria.

c) Se convocarán Asambleas Extraordinarias para la elección del Coordinador/a del Centro.

d) Las Asambleas Extraordinarias se convocarán con un mínimo de 15 días de antelación.




REGLAMENTO DE USO Y GESTIÓN

MARCO DE FUNCIONAMIENTO

CAPÍTULO IV.
RELACION AYUNTAMIENTO - CENTRO



Artículo 25º.- El Excmo. Ayuntamiento de La Laguna es el legítimo propietario del edificio del Centro Ciudadano de La Verdellada. Este mantendrá el enlace oficial con los órganos de gestión del Centro Ciudadano a través de la Concejalía de Participación Ciudadana.


Artículo 26º.- Los equipamientos y mobiliario del Centro Ciudadano, deberá de estar inventariado y actualizado anualmente. En este se establecerán quienes son los propietarios de los mismos, existiendo en la actualidad mobiliario adquirido por el Ayuntamiento y mobiliario adquirido e inventariado por las Asociaciones.


Artículo 27º.- Las mejoras del Centro Ciudadano que impliquen la modificación de estructuras sólidas, tabiques, pisos, techos, puertas o ventanas, etc., o que se consideren obras menores o mayores de albañilería, pintura, fontanería o electricidad, serán competencia del Ayuntamiento de La Laguna. No obstante, debe ser el Consejo Rector quien localice las deficiencias o las propuestas de mejoras o reformas y las transmita convenientemente y por escrito al Ayuntamiento de La Laguna para su valoración y ejecución si procede. El mantenimiento diario de las instalaciones, en cuanto a limpieza y reparaciones mínimas, será compartido entre los miembros del Consejo Rector y el Ayuntamiento de La Laguna.


Artículo 28º.- Cuando el Consejo Rector identifique obras de mejoras que afecten a lo detallado en el artículo anterior, que el Ayuntamiento no pueda asumir, y sin embargo los colectivos que componen el Consejo Rector tienen recursos económicos y humanos suficientes para asumir dichos trabajos; deberán solicitar una autorización expresa del Ayuntamiento para ejecutar dichos trabajos de manera autónoma, coordinados por los técnicos o representantes municipales que el Ayuntamiento estableciese.


Artículo 29º.- El enlace oficial entre el Ayuntamiento y el Consejo Rector será el Coordinador/a del Centro Ciudadano mientras que el Portavoz Municipal será el enlace entre el centro Ciudadano y la Concejalía de Participación Ciudadana.


Artículo 30º.- Cuando los canales establecidos no sean suficientes para que se llegue a acuerdos, se solicitará a la Concejalía de Participación Ciudadana que establezca o facilite los medios necesarios para llegar a acuerdos.


Artículo 31º.- El Centro Ciudadano de La Verdellada, forma parte de la red municipal de Centro Ciudadanos, y por consiguiente se adhiere a las normas comunes de uso que implante el Ayuntamiento de La laguna, respetando siempre el modelo de gestión autónoma de este Centro Ciudadano, así como sus particularidades de gestión y convivencia.



REGLAMENTO DE USO Y GESTIÓN

MARCO DE FUNCIONAMIENTO



CAPÍTULO V.
NORMAS DE CONVIVENCIA Y PROTOCOLO DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS



Artículo 32º.- Las normas de convivencia las irá fijando, aprobando y ampliando en cada momento el Consejo Rector del Centro Ciudadano, siguiendo como guía lo expuesto en este Reglamento.


Artículo 33º.- Todas las normas de convivencia que se creen, buscarán en todo momento la convivencia pacifica entre generaciones en el Centro Ciudadano, además de:

a) La concordia entre todos los colectivos, asociaciones y usuarios del Centro Ciudadano.
b) El respeto a los / entre los usuarios del Centro Ciudadano en cada momento.
c) El respeto de los horarios de uso previamente establecidos de los espacios.
d) La limpieza y el orden del Centro Ciudadano.
e) La buena imagen del centro como lugar de convivencia.
f) La participación ciudadana plural y la compostura y buen uso de las instalaciones.
g) El correcto uso y mantenimiento responsable de todos los equipamientos muebles, audiovisuales, informáticos, radiofónicos, logísticos, inventariables y fungibles con los que cuente el centro en propiedad municipal, privativa o compartida.


Artículo 34º.- El Consejo Rector deberá analizar en profundidad todas las faltas que se pudieran cometer entre los usuarios de las instalaciones, cualificar la gravedad, cuatificar el daño material si lo hubiere, y determinar la acción a tomar entre las siguientes opciones:

a) Apercibir al infractor y pedirle explicaciones.
b) Apercibir al infractor y solicitarle la reparación del daño ocasionado.
c) Abrir expediente, narrar los hechos, proponer sanción y remitir al Ayuntamiento de La Laguna para que tome una determinación, cuando esta exceda de las competencias del Consejo Rector.
d) Abrir expediente y poner en conocimiento de la autoridad policial o judicial si llegará el caso para que se diriman responsabilidades y se repare el daño causado.


Artículo 35º.- El/la Coordinador/a del Centro Ciudadano, en el periodo entre sesiones, deberá estar pendiente de la aplicación y de las normas de convivencia, y en casos de extrema urgencia tomar las siguientes determinaciones en el acto:

a) Convocar de manera urgente al Consejo Rector para analizar lo acontecido.
b) Llamar a los servicios de seguridad o emergencia acordes a lo acontecido para que se haga cargo de la situación.

Artículo 36º.- El Consejo Rector, creará y hará seguimiento de un plan de evacuación y emergencias para el Centro Ciudadano. Dicho protocolo de actuación, será puesto en conocimiento de los responsables de cada espacio en cada momento, ya sea en el momento de concretar el uso, o mediante panel informativo. Dicho plan de evacuación y emergencias incluirá los siguientes datos:

a) Teléfonos de contactos de responsables del Centro, y de servicios de emergencia, seguridad, sanitarios, bomberos, protección civil o autoridad judicial.
b) Plano con salidas de emergencia, ubicación de extintores y sala de control de electricidad.



REGLAMENTO DE USO Y GESTIÓN

MARCO DE FUNCIONAMIENTO



CAPÍTULO VI.
EQUIPAMIENTOS DEL CENTRO, RECURSOS Y DEMÁS DISPOSICIONES


Artículo 37º.- Los equipamientos mobiliarios de titularidad municipal del Centro Ciudadano serán de uso común de entre todos los usuarios del Centro Ciudadano.


Artículo 38º.- Los equipamientos y mobiliario del Centro Ciudadano, propiedad de las Asociaciones con entidad jurídica propia con sede oficial en el mismo, serán de uso compartido para las actividades ordinarias del centro, salvo los estrictamente privativos de material fungible, administrativo o informático que cada colectivo estableciese como exclusivo, el cual no podrá instalarse en las zonas comunes del Centro Ciudadano.


Artículo 39º.- En razón al artículo 38, se establece que los colectivos deben autorizar el uso de los equipamientos audiovisuales o mobiliarios propios, en el seno del Consejo Rector, cuando su uso vaya a ser de carácter extraordinario o por parte de usuarios no inscritos en su entidad.


Artículo 40º.- Todas las dependencias del edificio del Centro Ciudadano de La Verdellada, son de uso compartido entre los colectivos y asociaciones miembros del Consejo Rector. La coordinación de su uso será tarea del Coordinador/a del Centro Ciudadano. Los cambios de uso de los espacios serán aprobados por el Consejo Rector.


Artículo 41º.- El espacio del Centro Ciudadano denominado “Emisora”, será de uso exclusivo para la actividad de Emisora de Radio. Los espacio denominados “Biblioteca”, “Salón de Teide - Cocina”, “Salón de Actos” y “Cyber-Ver”, serán de uso compartido para el desarrollo de las actividades regladas del Centro Ciudadano.


Artículo 42º.- Los espacios denominados “Almacén” y “Archivo”, serán de uso compartido aunque controlados para garantizar la seguridad de su contenido.


Artículo 43º.- El espacio del Centro Ciudadano denominado “Administración”, será de uso compartido de las Asociaciones con entidad jurídica propia con sede oficial en el Centro Ciudadano. Así como por el Consejo rector y la Gestión propia del Centro.


Artículo 44º.- Lo que se considere, recursos privativos de las asociaciones, deberán ser custodiados en los respectivos armarios o espacios de las asociaciones en la “Administración”, el “Almacén” o el “Archivo”.


Artículo 45º.- Los recursos inventariables o fungibles que se adquieran para el uso en el Centro Ciudadano mediante derramas, inversiones del Ayuntamiento o Presupuesto Participativos, nunca serán privativos y siempre serán de uso compartido y regulados por el Consejo Rector.



REGLAMENTO DE USO Y GESTIÓN

MARCO DE FUNCIONAMIENTO



DILIGENCIA FINAL
RESOLUCION


Diligencia Final.


Los asuntos no tratados en este reglamento, serán resueltos por el Consejo Rector si fueren puntuales. Las competencias o funciones no aclaradas en este Reglamento, serán en última instancia competencia de la Concejalía de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de La Laguna.

domingo, 2 de noviembre de 2008

HORARIO DE APERTURA

COMUNICADO
El Consejo Rector del Centro Ciudadano de La Verdellada, les informa del horario de apertura en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2008 y el 1 de julio de 2009, que será de LUNES A VIERNES DE 16 A 22 HORAS. Los fines de semana y festivos el horario será indefinido y se establecerá atendiendo a las actividades puntuales que se desarrollen.